Cada año, las grandes, medianas y pequeñas empresas, tienen la obligación de entregar a sus empleados el reparto de utilidades, que es un porcentaje de las ganancias anuales, como lo exige la Ley Federal del Trabajador, por lo que la Procuraduría Federal del Consumidor, debe cerciorarse que esto suceda de acuerdo al reglamento.
Según datos oficiales, se estima que en este año 2019, 16 millones de trabajadores mexicanos sobren este beneficio.
Sí tu trabajaste para una empresa, debes recibir el reparto de utilidades con una fecha máxima del 30 de mayo, y sí trabajas con una persona física, en un giro empresarial, debes recibir el beneficio hasta antes del 29 de junio.
Aun así, tienes como máximo un año después de estas fechas para reclamar el reparto de utilidades, en el lugar en donde trabajaste.
El reparto de utilidades es una obligación fiscal de cualquier empresa y se debe calcular el porcentaje de acuerdo a la declaración anual, realizada por cada una de ellas, que en lo general es un 10% de las ganancias anuales, lo que se debe repartir entre todos los trabajadores.
Según la LFT, tendrán derecho a esta prestación laboral todos los trabajadores de planta, o eventuales, que completen más de 60 días trabajados para una empresa en el año. De igual forma, las madres trabajadoras, durante el reposo pre y postnatal, y los trabajadores víctimas de un riesgo laboral, que se encuentren en el período de incapacidad temporal, son considerados en servicio activo.
Acércate a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajador, para conocer sí debes recibir este beneficio y cuánto. Llama al 01 800 911 78 77.